Información sobre el buzón
Está Vd accediendo al buzón de denuncias de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Toda la información que se registre por esta vía está protegida y sujeta al más estricto deber de confidencialidad y de restricción de acceso exclusivamente al personal de la Audiencia de Cuentas de Canarias que sea competente para ello. Si algún empleado de la Audiencia de Cuentas de Canarias recibe una denuncia cuyo objeto esté en el ámbito objetivo del canal externo de denuncias y no es responsable de su tratamiento estará asimismo sujeto al deber de confidencialidad y deberá remitir inmediatamente su contenido y todos los datos que la acompañen a los responsables de su recepción y seguimiento.
La identidad del denunciante no se revelará sin su autorización a nadie que no sea parte del personal competente para recibir o seguir las denuncias directamente o por deducción salvo que sea necesario en el contexto de una investigación o un proceso judicial, en particular para salvaguardar el derecho de defensa de la persona la que hace referencia la denuncia.
Se cumple asimismo con lo preceptuado en la normativa vigente en términos de protección de datos personales y específicamente lo preceptuado en el artículo 24.4 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Ponemos en su conocimiento que, si lo desea, puede también presentar esta comunicación también por el buzón externo.
Las denuncias formalizadas en este buzón no darán lugar en ningún caso a represalias por este motivo, sin perjuicio de la correspondiente aplicación de la normativa vigente en el caso de mala fe o falsedad.
Las denuncias por anomalías económico financieras del sector público autonómico deberán seguir siendo presentadas por la sede electrónica de la Audiencia de Cuentas de Canarias y serán tramitadas con arreglo a lo previsto en la normativa reguladora de la misma (artículo 10 de reglamento de organización y funcionamiento de la Audiencia de Cuentas de Canarias.